Tienda de informática
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Hay toda una serie de productos que son considerados idóneos para la copia privada y por tanto se les aplica el famoso canon. Idóneo es cualquier soporte o aparato que sirva para reproducir o grabar obras del repertorio de la SGAE de forma temporal o fija. Si vendes alguno de estos artículos no te queda más remedio que pagar. Para más información consulta las siguientes preguntas frecuentes:
1.- Vendo: Grabadoras, mp3, CD, DVD, pendrive, impresoras, tarjetas de memoria, etc. ¿Puede SGAE reclamarme el Canon si mis proveedores no me lo cobran y yo tampoco se lo cobro a mis clientes?
Si. Actualmente las reclamaciones son por la idoneidad de esos productos para reproducir material audiovisual gestionado por entidades privadas
2.- He oído que demandan con carácter retroactivo, ¿Desde cuando pueden reclamarme el canon?
Pueden reclamarte el canon de todo lo que hayas comercializado desde el año 2000 aunque, según las propias entidades, podrían remontarse al 1995-96.
3.- SGAE (o EGEDA o AISGE o AIE…) me ha enviado una carta solicitando auditar mi contabilidad.
Las entidades están legitimadas por el Ministerio de Cultura para realizar las averiguaciones necesarias a fin de comprobar la correcta liquidación del canon.
4.- Me presionan con el envío de un requerimiento judicial sino les permito auditar. ¿Debo ceder?
NO. El requerimiento judicial te dará la opción a responder a las pretensiones de las entidades y exigir información sobre que productos, que tarifas, que documentos… En cambio, las auditorias “amistosas”, suelen tener como resultado una reclamación ambigua, difícil de descifrar y defender por el comerciante. Recuerda que de la auditoria casi siempre resulta una cifra que será utilizada como prueba de deuda ante un tribunal si no accedes a liquidarla.
5.- Si decido pagar a SGAE o cualquier otra entidad de gestión, ¿evito futuras reclamaciones?
No. Pagar a una entidad es reconocer el derecho al resto de entidades a reclamar su parte de copia privada
6.- Mi proveedor asegura que los productos que compro ya llevan canon pero no lo especifica en la factura. ¿Es correcto?
No es correcto. Si te dice que lo lleva ha de desglosarlo y/o especificarlo en la factura. Si no aparece en factura es como si no se hubiera liquidado.